Ayudas para la rehabilitación de viviendas

El ministerio entiende por rehabilitación de edificios una adecuación estructural, obras que garanticen la seguridad en la estructura del edificio, y funcional, obras que proporcionen al edificio condiciones suficientes de acceso, estanquidad de aguas, aislamiento térmico, etc.

Y para la rehabilitación de viviendas entiende por una adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, como instalaciones de agua, luz, gas, obras para ahorro energético y ampliación del espacio habitable.

Para la recepción de la ayuda es necesario cumplir ciertos requisitos:

Los comunes a edificios y viviendas son:

  • Antigüedad mínima de 15 años (excepto eliminación de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad)
  • Que los edificios sean adecuados estructuralmente y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación.

Los específicos para edificios son:

  • Que la superficie útil destinada a vivienda sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio.
  • Que la superficie no supere nunca los 120 m2.

También para ser un destinatario de la ayuda debes cumplir unos requisitos:

  • Pueden recibir la ayuda los propietarios de viviendas, arrendatarios y las comunidades de propietarios.
  • Para la rehabilitación  de edificios, que al menos el 60% de los usuarios de las viviendas tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el SMI.
  • Rehabilitación de viviendas, que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI.

Existen diferentes tipos de ayudas para ayudarte, una subsidiación de prestamos y subvenciones. Todas con unas características comunes:

  • Podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegido.
  • Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de edificios: 20 años, con un periodo de carencia de 3 años.
  • Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de viviendas: 10 años, con un periodo de carencia de 1 año.

En el caso de rehabilitación de edificios, todos los usuarios de las viviendas podrán tener acceso a préstamos cualificados, aunque no cumplan los requisitos de ingresos familiares.

Subsidiación de préstamos el Ministerio de Vivienda podrá subsidiar los prestamos cualificados para la rehabilitación de edificios.

Y las subvenciones que el Ministerio de Vivienda dara serán:

Rehabilitación de edificios: se podrá optar alternativamente por, el subsidio de préstamo.

  • Una subvención máxima por vivienda de:
    • 1.240€: General
    • 3.100€: Ingresos inferiores a 3,5 SMI
    • 3.410€: Si además tienen mas de 65 años
    • 3.720€: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa

 Rehabilitación de viviendas:

  • Subvención del 25% del presupuesto protegido, con un máximo de 2.480 €
  • Si tiene más de 65 años, la subvención será del 35%, con un máximo de 3.100 €
  • Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: subvención del 35% , con un máximo de 3.410 €
  • 3.720€: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa

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