Si ya conoces, Constructora Cando, sabrás que no son nada habituales los defectos en los edificios que construimos, nos gusta dejar las construcciones siempre a punto, preocupándonos de cuidar la parte más estética, así como de ofrecer calidad, sostenibilidad y máxima eficiencia en nuestras construcciones.
No obstante, queremos que sea cual sea la constructora o el grupo promotor el que haya construido tu vivienda, conozcas tus derechos como propietario, de esta forma, estarás al día en los plazos y garantías en tus posibles reclamaciones.
Actualmente, la Ley 38/1999 de ordenación de la edificación recoge estas reclamaciones: regulando plazos, origen y responsables de los defectos que se producen en los edificios. Hoy te detallamos información importante para que en caso de necesitarlo… ¡estés al día de la normativa!
- Defectos de acabado: Si al examinar tu vivienda los primeros días o con el paso del tiempo detectas algún defecto en el acabado, no te alarmes, son los más comunes y tendrás 1 año para reclamarlos. Normalmente su reparación es sencilla y económica, suele hacerse cargo el promotor o la constructora.
- Defectos de habitabilidad: Este tipo de defectos son menos frecuentes pero más importantes, y es que aunque no son fáciles de detectar a simple vista, influirán en tu bienestar y en definitiva, en tu calidad de vida. En este apartado no podemos dejar de recordarte, lo importantes que son algunos factores en la construcción de tu vivienda como: la impermeabilidad, el aislamiento térmico y acústico o la seguridad. Las carencias en estos factores suelen producirse cuando la promotora o constructora no tiene en cuenta las normas básicas de edificación. El tiempo para reclamar estos defectos es de 3 años, un experto deberá evaluar el problema, y tras la reclamación se determinará el responsable (promotor, constructor, arquitecto director de obra o al director de ejecución). La mala insonorización es uno de los defectos más molestos, pero, ¿Sabes cómo puede afectar a tu descanso diario?
- Defectos estructurales: Afectan a la seguridad y estabilidad del edificio y se suelen producir por problemas con el terreno o carencias en la estructura (cálculos deficientes). Al igual que en el apartado anterior, pueden no verse a simple vista y necesitaremos la ayuda de un especialista para determinar la gravedad del defecto, además de un informe pericial para la reclamación. El periodo de reclamación es de 10 años.
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