¿Todavía no has presentado la Declaración de la Renta 2017? Consejos para hacerlo sin problemas

En plena Declaración de la Renta 2017, toca ajustar cuentas con la Agencia Tributaria. Cada año, casi 20 millones de declaraciones son presentadas, de las cuales más del 70% salen a devolver.

En carácter general, los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros anuales están exentos de presentar la declaración de la renta, esta cantidad baja a 12.000 euros cuando los ingresos provienen de varios pagadores.

Las fechas que debes tener en cuenta, para presentar la declaración a tiempo, son las siguientes:

  • El 4 de abril inicio del plazo para la presentación del borrador exclusivamente por internet.
  • Desde el 8 de mayo puede solicitarse una cita previa para una convocatoria presencial en las oficinas de la AEAT.
  • La fecha límite de la campaña será el 2 de Julio.

Pero tan importante como tener en cuenta las fechas de la campaña para que no se te pase el plazo, es tener en cuenta otras consideraciones, por eso, desde Constructora Cando, te damos algunos consejos para que no se te escape ningún detalle y la tarea sea más fácil este año :

Desde el 15 de marzo está disponible una aplicación que te permite preparar la Declaración de la Renta de 2017, consiguiendo los números de referencia del borrador del año pasado y te permitirá hacer la de este. Solo tienes que descargarla y registrarte. Haciendo un buen uso de ella, el trabajo será más sencillo.

Antes de entregar el documento rellenado, tómate tu tiempo y verifica que todos los datos sean correctos, si ha habido algún cambio en este último año asegúrate de señalarlo, aspectos como estado civil, nacimiento de hijos o cambios de domicilio deben estar claramente especificados.

Un tópico que da dolor de cabeza a muchos es la desgravación de la vivienda en la declaración de la renta. En el caso de adquisición de vivienda, solo podrás beneficiarte de la deducción si tu vivienda fue comprada antes del 1 de enero de 2013. La deducción es de hasta el 15% de la cantidad total, con un límite de inversión de 9.040 euros.

Para poder optar a la deducción por alquiler de vivienda, el contrato de alquiler debe ser anterior al 1 de enero de 2015 y tu base imponible inferior a 24.107,20 euros. Las comunidades autónomas contemplan cuantías máximas de deducción que en algunos casos pueden alcanzar el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente.

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